La entidad

EUC CAN GIRONA

La Entidad nace al amparo del Reglamento de Gestión Urbanística de 1978 por el que se desarrolla la Ley de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, siendo su ámbito exclusivo de actuación el de la Urbanización de Can Girona.

Entre los bienes y servicios objeto del mantenimiento y conservación efectuado por la Entidad se incluyen la franja perimetral para dar cumplimiento a las obligaciones derivadas de la ley 5/2003 de 22 de abril de prevención de los incendios; los servicios de implementación del Plan de Autoprotección (PAU); y así como otros bienes y servicios que forman parte de su equipamiento.

La Asamblea General de propietarios que se celebra con carácter ordinario una vez al año, es el órgano supremo de la Entidad. Por su parte, el Consejo Rector, está integrado por cinco miembros, y se elige por la Asamblea General por un período de dos años, es el órgano ejecutivo máximo.

Rotonda de entrada a la urbanización Can Girona de Sitges